Agradecimiento

Gracias por visitar este blog, de esta manera colabora con la iniciativa de un ecuatoriano, con muchas ganas de triunfar, que al compartirle su exigua experiencia y conocimiento, pretende dejar una huella en la sociedad y en usted. Muchas Gracias.

sábado, 5 de noviembre de 2011

Comentario sobre las causas de la existencia del Orden Internacional Privado

Antes de iniciar el presente comentario compartiré el resumen del texto contenido en el libro Tratado de Derecho Internacional Privado, de Marco Gerardo Monroy Cabra, pág. 3, que detalla las causas (hechos) que justifican la existencia del Orden Internacional Privado:

a) La … naturaleza cosmopolita … del hombre, que lo hace ser … “habitante del universo”;

b) La multiplicidad … de … relaciones económicas, que han creado un … comercio internacional entre … (los que) … buscan una integración dentro del entorno … mundial;

c) La existencia de una … comunidad jurídica internacional en que la interpretación de relaciones … es real, logra una … interdependencia económica e invalida … el aislamiento de antaño …;

d) La multiplicidad de los medios de comunicación, que ha hecho desaparecer las fronteras jurídicas;

e) La diversidad de ordenes jurídicos privados …

Respecto a estos hechos, no es necesario un comentario extendido. Solo vale traer a colación que la globalización es un fenómeno que afecta no solo el ámbito económico, sino también el aspecto legal. Ante la existencia de relaciones comerciales más frecuentes entre individuos de distintas naciones, estas deben ser llevadas bajo principios de ética y de respeto mutuo. Cuando la línea que separa lo inmoral de lo moral en las relaciones comerciales internaciones no es fácilmente notable, entonces se necesita de la intervención del aparato legal para resolver el conflicto. Pero, qué sucede cuando ambas partes pueden alegar que se resuelva el litigio en cuestión bajo el ordenamiento legal del país de su procedencia.

Resulta entonces estrictamente necesario la existencia de un Ordenamiento Internacional Privado (en materia legal) que permita dilucidar la forma apropiada de resolución de un conflicto de semejantes características. Para aquellos que se dediquen a actividades de comercio internacional o a los que estén interesados en dedicase a ello, les es preciso conocer del Derecho Internacional Privado para desenvolverse adecuadamente en su labor y prevenir futuros inconvenientes o dar adecuada resolución a aquellos que se presenten.

Victor Fernandez Ramirez

vafernan.ec@gmail.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por colaborar con este, su blog.